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Cómo tramitar la nacionalidad española

Cómo tramitar la nacionalidad española

En este post nos referimos a cómo tramitar la nacionalidad española para personas que tienen la condición de ciudadanos de otros países.

No todo el mundo puede tramitar la nacionalidad española; hay que cumplir unos REQUISITOS exigidos por la Ley, y acreditarlo con la documentación adecuada en el correspondiente EXPEDIENTE que se tramita ante las autoridades españolas; y que concluye con una RESOLUCIÓN de concesión o denegación.

En AGAVE ABOGADOS-EXTRANJERÍA somos especialistas en el proceso de solicitar nacionalidad española. Te asesoraremos y acompañaremos en cada fase del mismo, presentando el expediente al Ministerio a través de las plataformas digitales habilitadas, que son las preferidas por la Administración para abreviar los plazos. Contacta con nosotros a través de la web usando el FORMULARIO DE CONTACTO y uno de nuestros ABOGADOS expertos te asesorará en una primera reunión gratuita. Tu mismo puedes programar la reunión en nuestro calendario de reserva de reuniones.

Vías para tramitar la nacionalidad española

 Existen varias vías para solicitar la nacionalidad española, dependiendo de tus circunstancias personales. Aquí te detallo las principales y sus requisitos específicos:

1. Nacionalidad por Residencia

Es la vía más utilizada en la práctica y está basada en el tiempo de residencia legal en España: Se necesita haber residido en España de forma legal y continuada durante un determinado plazo.

Requisitos: Residencia legal, continuada y previa en España:

  • 10 años en general.
  • 5 años para refugiados y asilados
  • 2 años para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, o sefardíes.
  • 1 año:
    • Nacidos en España.
    • Casado/a con un español/a y no separado.
    • Viudo/a de un español/a y no separado/a al momento del fallecimiento.

En el proceso de tramitar la nacionalidad española por residencia será necesario presentar unos documentos básicos que acrediten el cumplimiento de los requisitos:

  • Tarjeta de residencia y pasaporte en vigor.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de antecedentes penales (España y país de origen).
  • Certificado de nacimiento apostillado y traducido.
  • Justificante de las pruebas CSSE y DELE, si aplican.

2. Nacionalidad española por Opción

Permite a ciertas personas adquirir la nacionalidad española debido a su relación con España.

Requisitos:

  • Haber nacido de padre/madre español, aunque no hayas nacido en España. Este derecho se concede hasta los 20 años; o de por vida si el padre o la madre fueron españoles nacidos en España.
  • Haber sido adoptado por un ciudadano español antes de los 18 años.

Tramitar la nacionalidad española por OPCIÓN requiere tramitar un expediente en el Registro Civil en el que se aporta la documentación que acredita el derecho de opción y formaliza la declaración de voluntad para ser español, en que consiste la opción.

3. Nacionalidad por Descendencia de españoles en el exilio (Ley de Memoria Democrática)

Dirigida a descendientes de españoles que perdieron su nacionalidad, como los afectados por el exilio, o las mujeres que la perdieron por contraer matrimonio con un extranjero.

Requisitos:

  • Ser hijo/a, nieto/a o descendiente directo/a de un español afectado por el exilio o la pérdida de la nacionalidad.
  • Presentar pruebas documentales que acrediten esta relación y el exilio.

Tramitar la nacionalidad española por la LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA requiere tramitar un expediente en el Registro Civil (En España o el Consulado español) en el que se aporta la documentación que acredita 1) La condición de español del ascendiente; 2) La situación de exilio por motivos políticos, religiosos o de orientación sexual; 3) La relación de parentesco del solicitante.

Está vía finaliza en octubre de 2025, salvo que sea prorrogada de nuevo por el gobierno.

4. Nacionalidad para Sefardíes (Ley 12/2015)

Dirigida a los descendientes de judíos sefardíes expulsados de España en 1492. (Esta vía finalizó formalmente en 2019, pero se pueden estudiar excepciones).

Requisitos:

  • Acreditar tu condición de sefardí mediante certificados de tu comunidad judía.
  • Justificar un vínculo especial con España (ej. apellidos, idioma, cultura, propiedades, estudios, etc…).

5. Nacionalidad por Carta de Naturaleza

Es una vía excepcional y rapidísima de tramitar la nacionalidad española, en la que el Gobierno, actuando discrecionalmente, otorga la nacionalidad española a determinadas personas por así convenir a los intereses de España.

No existen requisitos concretos más allá de la decisión del Gobierno y su concreción en el correspondiente Decreto.

Está vía suele utilizarse para nacionalizar a determinadas personas, como deportistas, científicos o escritores.

Requisitos: Solicitarlo directamente al Gobierno mediante un procedimiento discrecional.

6. Nacionalidad por presunción

Se trata de tramitar la nacionalidad española para atribuirla a un recién nacido, cuando no puede adquirir ninguna otra nacionalidad, porque ambos padres son apátridas o sus países no atribuyen al nacido fuere del territorio la nacionalidad.

Tramitar la nacionalidad española por valor de simple PRESUNCIÓN requiere tramitar un expediente en el Registro Civil en el que se aporta la documentación que acredita el nacimiento en España y la no transmisión de la nacionalidad.

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Procedimiento de tramitación de la nacionalidad española

Los expedientes de nacionalidad tienen la naturaleza de expedientes administrativos, pudiendo utilizarse todas las vías establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo, sin perjuicio de otras vías específicas que veremos.

Los ORGANISMOS a los que deben ir dirigidas las comunicaciones y solicitudes son, según los casos:

  • El Ministerio de Justicia: Cuenta también con su Sede Electrónica; y es posible la presentación de documentación a través de las plataformas de algunos Colegios de Abogados.
  • Registros Civiles: Salvo para algunos documentos concretos, procedentes de otros organismos, carecen de Sede Electrónica propia, debiendo utilizarse la del Ministerio de Justicia, del que dependen.
  • Consulados:  Pocos tienen sede electrónica, debiendo utilizarse casi siempre el sistema presencial.

¿Presentación ONLINE o PRESENCIAL en la tramitación de la nacionalidad española?

Hemos de decir que la Administración prefiere la presentación ON LINE de documentos en los procedimientos de solicitud de la nacionalidad española. Su presentación mediante las plataformas informáticas establecidas derivará en una mayor agilidad del procedimiento y contribuirá a abreviar los plazos de resolución.

Los procedimientos administrativos de tramitación de la nacionalidad española acaban por RESOLUCIÓN por la que se concede o deniega la solicitud, y son recurribles ante la Justicia contencioso-administrativa.

Jura o promesa de Nacionalidad:

Una vez concedida la nacionalidad, debes realizar la jura o promesa de fidelidad a la Constitución Española y al Rey en el Registro Civil (gratuita) o en la Notaría (de pago) correspondiente a tu domicilio. Este trámite incluye la fijación del nombre y apellidos como español, según nuestro sistema legal; y debe realizarse dentro de los 180 días siguientes a la notificación. De no hacerse en el plazo indicado, caduca la solicitud de nacionalidad española por residencia, y hay que empezar de nuevo.

En AGAVE ABOGADOS-EXTRANJERÍA organizamos tu JURA DE NACIONALIDAD en notaría para que no caduque tu solicitud. Contacta con nosotros a través de la web usando el FORMULARIO DE CONTACTO o CARGA tu mismo la documentación requerida solicitando el trámite en la página de Jura de nacionalidad española, y uno de nuestros expertos te asesorará acerca de este trámite.

 Expedición del DNI y pasaporte español:

Después de la jura:

  1. Te inscriben como español en el Registro.
  2. Te remiten una PARTIDA DE NACIMIENTO con la que puedes solicitar el DNI y el pasaporte como ciudadano español.

Si necesitas más detalles sobre algún paso en específico o ayuda con la documentación, no dudes en preguntar: Contacta con nosotros a través de la web usando el FORMULARIO DE CONTACTO y uno de nuestros ABOGADOS expertos te asesorará en una primera reunión gratuita. Tu mismo puedes programar la reunión en nuestro calendario de reserva de reuniones.

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Tramitamos la CONCESIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA

Si usted reúne los requisitos para nacionalizarse español, nos encargamos de tramitar la solicitud, y presentar la documentación adecuada en el Ministerio de Justicia.

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